Estimado(a) Empleador(a),
La Divición de Empleo del Ministero de Absorción e Inmigración se dirije a usted, con el fin de asistir a Inmigrantes a encontrar un empleo de acuerdo a sus capacidades.
Si usted está interesado(a) en emplear Inmigrantes en trabajos profesionales, puede dirigirse a nuestras Oficinas y especificar los requisitos, tipo de oficio o profesión, especialidades, edad, etc., y nosotros haremos lo posible para suministrarle adecuadamente los recursos humanos.
En el caso de Inmigrantes que necesiten de una preparación para reunir sus requisitos, se ofrece una Asistencia Financiera de 1.793 shéquel mensuales (equivalentes a la mitad del Salario Mínimo), durante un período que no exceda a los 6 meses. Este monto se ajusta, de vez en cuando, según suba el índice del Salario Mínimo.
Con esta Asistencia se pretende solucionar la situación laboral de Inmigrantes que no han encontrado un empleo de acuerdo a sus capacidades y son incorporados en un lugar de trabajo, que requiere trabajo y preparación simultáneamente.
Esta Asistencia se otorga en función de las siguientes profesiones u oficios:
Ingenieros de Ejecución
Técnicos
Artistas y Deportistas
Electricistas
Operarios de Metales (soldadores, grabadores, afiladores)
Carpinteros
Costureras
Operarios de Mantenimiento
Empleados de Hotelería
Operarios de Electrónica
Operadores
La finalidad de este tipo de asistencia es brindarles a los Inmigrantes la oportunidad de capacitarse profesionalmente dentro del marco laboral, asegurando una absorción exitosa en el área laboral.
Criterios para tener Derecho a esta Asistencia
En el caso de Inmigrantes desde los 18 años hasta la edad de jubilación.
En el caso de Inmigrantes que residen en el país por un período no mayor de 10 años a partir de la fecha de inmigración (en el caso de Inmigrantes originarios de Etiopía, hasta 15 años).
En el caso de Inmigrantes que no hayan recibido la Asistencia de este Fondo anteriormente.
En el caso de Inmigrantes que comenzaron a trabajar durante los dos últimos meses antes de solicitar la Asistencia (hasta 3 meses, teniendo en cuenta que la Asistencia será otorgada a partir de la fecha de la solicitud).
En el caso de Inmigrantes cuyo derecho a Canasta de Absorción ha cesado (o sea, una vez cumplidos los 6 meses de estadía en el país).
En el caso de Ciudadanos que Retornan, hasta dos años a partir de la fecha de retorno al país.
La Asistencia se otorgará una vez tomada la decisión al respecto por la Comisión Regional del Ministerio de Absorción e Inmigracióny en función de las reglas del mismo.
Estos son los formularios a ser presentados con la solicitud de esta Asistencia:
Solicitud para la Participación en la Financiación de Fomento de Empleo de Inmigrantes (Empleador Privado)
Solicitud para la Participación en la Financiación de Fomento de Empleo de Inmigrantes (Empleador Público)
Formulario de Registro de Datos del Empleador
Datos de los Solicitantes